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enero 23, 2017 By administrador Deja un comentario

Los afectados por la cláusula suelo ya pueden reclamar.

Cláusulas Suelo, esto es lo que recibirán y lo que Hacienda se llevará. 

Cláusula Suelo. Según el texto definitivo que aprobó el Gobierno el viernes, todo el proceso se hará en un plazo máximo de tres meses.

Desde GR2 Consulting te asesoramos y ayudamos a gestionar toda la documentación necesaria para recuperar el importe. Te informamos de los pasos a seguir para hacer las cosas de forma correcta, qué gestiones has de realizar, dónde has de ir para reclamar etc. Tanto de las cláusulas suelo, como en los gastos de hipotecas.

En el siguiente enlace podréis informaros sobre alguno de los pasos a seguir y dudas que os puedan surgir.

Pasos para reclamar el dinero por la cláusula suelo con el nuevo decreto. http://economia.elpais.com/economia/

Los afectados por la Cláusula Suelo, ya pueden desde hoy acogerse al mecanismo extrajudicial creado por el Gobierno y, por lo tanto, presentar sus reclamaciones a las entidades bancarias. Así consta en el Real Decreto Ley que el pasado viernes aprobó el Consejo de Ministros, y que también ofrece a los bancos la posibilidad de estudiar de manera individualizada cada caso y decidir si, efectivamente, realizó un cobro indebido mediante el uso de una cláusula suelo opaca.

En caso de que la entidad considere que no cometió ninguna irregularidad, tendrá que remitir al cliente un documento explicando por qué rechaza su solicitud, a lo que éste podrá responder acudiendo a la vía judicial. Si, por el contrario, el banco estima que sí existe un cobro irregular por su parte, la entidad tendrá un plazo de tres meses para remitir un cálculo de la devolución y llegar a un acuerdo con el afectado. En la cifra deberán estar incluidos los intereses, y si el cliente considera que la suma es inferior a lo que le corresponde siempre podrá acudir a la Justicia.

En cuanto a la cantidad que los afectados deberán recibir por la cláusula suelo, ésta variará de manera sensible en función de cada caso y lo mismo ocurrirá con la suma que se deberá pagar a Hacienda. Lo que sí está claro, ya que así lo han explicado tanto el Ministerio de Hacienda como el de Economía, es que finalmente los intereses no tributarán a pesar de que en un principio incluso el ministro Montoro había señalado lo contrario.

Sin embargo, el decreto aprobado por el Gobierno deja claro que no se pagará por este concepto y que, como ya parecía claro, ninguna de las cantidades percibidas se integrarán en la base imponible. Por lo tanto, la única regularización que se deberá hacer con Hacienda es la que corresponda a la excesiva deducción por vivienda habitual, por rendimientos de actividades económicas o del capital inmobiliario.

Ejemplos de tributación Cláusula Suelo

Con esta novedad en la tributación ya aclarada, los Técnicos de Hacienda (Gestha) han realizado diferentes simulaciones que incluyen cuánto deberá pagar el banco y, a su vez, qué parte se abonará a Hacienda. El caso base es siempre el de un préstamo de 180.000 euros, a 15 años, firmado el 1 de enero de 2002 por una pareja que presenta declaraciones individuales de IRPF.

En uno de los cálculos, la hipoteca tiene un tipo de Euribor + 0,75% y una cláusula suelo del 2,5%. En este caso, la entidad bancaria deberá restituir 2.211 euros al cliente en concepto de diferencia de intereses hipotecarios acumulados, esto es, lo que el afectado pago de más como consecuencia del efecto de la cláusula suelo. A esta cifra hay que sumar otros 174 euros por intereses de demora, lo que hacen un total de 2.385 euros. Hacienda, por su parte, se quedará con 234 euros en concepto por el exceso de deducción, cantidad que cada afectado deberá añadir a la cuota líquida de la autoliquidación del año en el que reciba el dinero y que supone casi un 10% del total de la devolución. De esta forma, el cliente se quedará con algo más de 2.000 euros.

En otro de los cálculos, la hipoteca fue concedida con un tipo Euribor +0,5%, y el banco incluyó una cláusula suelo opaca del 3%. En este supuesto, el afectado debería recibir 5.268 euros por los abonos excesivos que realizó como consecuencia de la cláusula, más 540 euros en concepto de intereses, lo que hace un total de 5.811 euros. Hacienda, por su parte, reclamará 423 euros por las deducciones, que suponen algo más de un 7% del pago, y el afectado se quedará con 5.388 euros.

Gestha también ha realizado estos mismos cálculos pero partiendo de que el mismo crédito se concedió para comprar un inmueble puesto en arrendamiento por un particular, o que lo solicitó un autónomo para comprar un inmueble para su negocio. En estos casos, la actualización se debe realizar por las excesivas deducciones de rendimientos de actividades económicas o del capital inmobiliario. Las sumas a pagar a Hacienda en estos supuestos son superiores. Así, si la cláusula suelo es del 2,5% el abono será de 443 euros, mientras que si el tope está en el 3% la regularización asciende a 808 euros.

En todas las simulaciones se incluyen sólo las deducciones realizadas desde 2012, ya que las declaraciones anteriores han prescrito ya. De hecho, los Técnicos de Hacienda recuerdan que en junio de este año prescribe la del año 12, por lo que si el acuerdo se alcanza después de esta fecha no habrá que regularizar las deducciones de ese ejercicio.

Fuente: El Mundo

 

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